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Novedades Real Decreto-Ley, de 9 de abril, de medidas para el impulso de la recuperación económica y empleo.
Novedades Real Decreto-Ley, de 9 de abril, de medidas para el impulso de la recuperación económica y empleo, en vigor desde el 14 de abril de 2010.
 

Principales novedades introducidas a efectos fiscales por el Real Decreto-Ley, de 9 de abril, de medidas para el impulso de la recuperación económica y empleo, en vigor desde el 14 de abril de 2010: 

- Se modifica la normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para introducir una nueva deducción temporal por obras de mejora en la vivienda habitual. La deducción se establece para contribuyentes con base imponible inferior a 53.007,20 euros, que podrán deducirse hasta el 10 por ciento de las cantidades satisfechas (no en dinero en efectivo) por las obras realizadas desde el 14 de abril de 2010 hasta el 31 de diciembre de 2012, con un máximo de 12.000 euros por vivienda habitual en los períodos impositivos que sea de aplicación, y siempre que las obras tengan por objeto, entre otros, la mejora energética de la vivienda, la sustitución de las instalaciones de electricidad, agua, gas u otros suministros, o favorezcan la accesibilidad al edificio o las viviendas.

- Se reforma la normativa del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), permitiendo la aplicación del tipo impositivo reducido (7%) para todo tipo de obras de mejora y rehabilitación de la vivienda realizadas hasta el 31 de diciembre de 2012 cuando:

a) El destinatario sea una persona física particular y utilice la vivienda para su uso particular y,

b) Que la construcción o rehabilitación de la vivienda se concluya almenos dos años antes del inicio de éstas.

c) Que la persona que realice las obras no aporte material, o el coste de éste no exceda del 33 por ciento de la base imponible de la operación.

- Se amplia el concepto de rehabilitación estructural a efectos del IVA, a través de una definición de obras análogas y conexas a las estructurales, que permite reducir los costes fiscales asociados a la actividad de rehabilitación. Aplicable también al IGIC.

- A efectos del Impuesto sobre Sociedades (IS), se extiende a 2011 y 2012 la libertad de amortización, supeditada a mantenimiento del empleo, en los términos en los que estaba prevista en la Ley 4/2008, de 23 de diciembre, para los ejercicios de 2009 y 2010.

- Se modifica la normativa del IVA que permite a las empresas la reducción proporcional de la base imponible cuando los créditos correspondientes a las cuotas repercutidas por las operaciones gravadas sean total o parcialmente incobrables, flexibilizando los requisitos para recuperar el impuesto en el caso de impago de las facturas, y acortando los plazos en el caso de las empresas de menor dimensión (6 meses). Aplicable también al IGIC.

- A través de la reforma del texto refundido de la Ley del IS, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, se simplifican las obligaciones de documentación en determinadas operaciones vinculadas para las pequeñas y medianas empresas. En particular, se excluye de las obligaciones de documentación de las operaciones vinculadas a las empresas de reducida dimensión cuando el importe total de las operaciones vinculadas realizadas por ellas en el ejercicio no supere 100.000 euros de valor de mercado. Además, para aquellas que sobrepasen dicho límite y tengan que cumplir las obligaciones de documentación se establecen límites máximos para las sanciones que se les puedan imponer cuando el incumplimiento formal no acarree perjuicio económico para el Tesoro. La sanción nunca podrá superar el 10 por ciento del valor de mercado de la operación ni el 1 por ciento de la cifra de negocios de la entidad. La exoneración de la obligación de documentación no se aplica, en ningún caso, a las operaciones con paraísos fiscales sea cual sea su importe.

- Se modifica la normativa del IVA para aplicar un tipo impositivo superreducido, del 4%, a los servicios de atención a la dependencia prestados por las empresas integradas en el sistema de autonomía y atención a la dependencia, mediante plazas concertadas en centros o residencias o previo concurso público para su prestación.

- Se reforma el IRPF para aprobar una exención en la tributación del impuesto de las cuantías satisfechas por las empresas para desplazamientos entre la residencia y el centro de trabajo en transporte público, con un límite de 1.500 euros, con el objetivo de incentivar fiscalmente la utilización de los medios de transporte público colectivo.

 

 

 
  Autor: Marita Rancé Giménez-Salinas    Fecha: 2010-04-15       Idioma: Español   

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